Artículo
La normativa universitaria y su transversalidad teórico-práctica como un canal de comunicación para la superación académica
University regulations and their theoretical-practical transversality as a communication channel for academic improvement
Regulamentos universitários e sua transversalidade teórico-prática como canal de comunicação para o aprimoramento acadêmico
Elvia Rosas-Rivera. ID. 0009-0004-1612-4558
Universidad Nacional Autónoma de México. Facultad de Filosofía y Letras, Secretaría General
Email: elviarros3@gmail.com
Resumen
La vida académica en la Universidad Nacional Autónoma de México se sostiene en un entramado complejo donde convergen la planta académica, la normatividad, los mecanismos de evaluación y la noción de eje transversal como canal de comunicación. En este marco, el Estatuto del Personal Académico (EPA) constituye la base reguladora que define categorías, derechos y obligaciones del profesorado, así como de los técnicos académicos, un sector históricamente invisibilizado pero cada vez más reconocido. La normatividad universitaria cumple una doble función, por una parte, otorga certidumbre jurídica y, al mismo tiempo, introduce mecanismos de control y jerarquización que condicionan la permanencia y promoción académica. Programas como el PRIDE1 o el PASPA2 muestran cómo las reglas no solo regulan, sino que también orientan las prácticas y aspiraciones del profesorado. Sin embargo, esta lógica corre el riesgo de privilegiar la producción cuantificable en detrimento de aportaciones cualitativas, especialmente en áreas humanísticas. De ahí la importancia de transitar hacia modelos de evaluación cualitativa, que reconozcan la diversidad de tareas académicas, como: traducción, divulgación, asesoría estudiantil y creación de materiales didácticos. Se concluye que la transversalidad normativa asegura que todo proceso de permanencia, superación y evaluación académica esté sustentado en marcos institucionales. Para que estos funcionen como motores de equidad y excelencia, se requiere fortalecer los canales de comunicación entre órganos colegiados, áreas administrativas y la comunidad académica
Palabras clave: normatividad universitaria, superación académica, evaluación cualitativa, eje transversal, canales de comunicación.
Abstract
Academic life at the National Autonomous University of Mexico (UNAM) is sustained by a complex framework where faculty, regulations, evaluation mechanisms, and the concept of a cross-cutting axis as a channel of communication converge. Within this framework, the Academic Personnel Statute (EPA) constitutes the regulatory basis that defines the categories, rights, and obligations of faculty, as well as academic technicians, a historically invisible but increasingly recognized sector. University regulations serve a dual function: on the one hand, they provide legal certainty, and on the other, they introduce mechanisms of control and hierarchy that condition tenure and academic advancement. Programs such as PRIDE and PASPA demonstrate how rules not only regulate but also guide faculty practices and aspirations. However, this logic risks prioritizing quantifiable output at the expense of qualitative contributions, especially in the humanities. Hence the importance of moving towards qualitative evaluation models that recognize the diversity of academic tasks, such as translation, dissemination, student advising, and the creation of teaching materials. It is concluded that cross-cutting regulations ensure that all processes of retention, advancement, and academic evaluation are grounded in institutional frameworks. For these frameworks to function as drivers of equity and excellence, it is necessary to strengthen communication channels between governing bodies, administrative areas, and the academic community.
Keywords: university regulations, professional development, qualitative evaluation, cross-cutting approach, communication channels.
Resumo
A vida acadêmica na Universidade Nacional Autônoma do México (UNAM) é sustentada por uma estrutura complexa onde convergem o corpo docente, os regulamentos, os mecanismos de avaliação e o conceito de eixo transversal como canal de comunicação. Dentro dessa estrutura, o Estatuto do Pessoal Acadêmico (EPA) constitui a base regulatória que define as categorias, os direitos e as obrigações do corpo docente, bem como dos técnicos acadêmicos, um setor historicamente invisível, mas cada vez mais reconhecido. Os regulamentos universitários têm uma dupla função: por um lado, proporcionam segurança jurídica e, por outro, introduzem mecanismos de controle e hierarquia que condicionam a estabilidade no emprego e a progressão na carreira acadêmica. Programas como o PRIDE e o PASPA demonstram como as normas não apenas regulamentam, mas também orientam as práticas e aspirações do corpo docente. No entanto, essa lógica corre o risco de priorizar resultados quantificáveis em detrimento das contribuições qualitativas, especialmente nas humanidades. Daí a importância de se avançar em direção a modelos de avaliação qualitativa que reconheçam a diversidade das tarefas acadêmicas, como tradução, divulgação, orientação estudantil e criação de materiais didáticos. Conclui-se que as normas transversais garantem que todos os processos de retenção, progressão e avaliação acadêmica estejam fundamentados em marcos institucionais. Para que esses marcos funcionem como motores da equidade e da excelência, é necessário fortalecer os canais de comunicação entre os órgãos diretivos, as áreas administrativas e a comunidade acadêmica.
Palavras-chave: regulamentos universitários, desenvolvimento profissional, avaliação qualitativa, abordagem transversal, canais de comunicação.
Enviado: 03 de septiembre de 2025
Revisado: 25 de octubre de 2025
Aprobado: 12 de noviembre de 2025
Publicado: 27 de diciembre de 2025
Introducción
La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) se rige por un marco normativo que orienta y regula sus funciones sustantivas de docencia, investigación y difusión cultural. Este entramado jurídico-administrativo no solo establece lineamientos, sino que configura la dinámica académica cotidiana, garantizando derechos y obligaciones del personal académico al tiempo que fija criterios para su evaluación y permanencia. Dentro de este marco, el Estatuto del Personal Académico (EPA) ocupa un lugar central, pues define categorías, procedimientos de contratación, formas de promoción y los programas de apoyo y superación disponibles.
La normatividad universitaria permite reconocer un papel regulador y la capacidad para modelar prácticas e incentivar determinadas actividades. Incluso, en ocasiones genera tensiones al privilegiar ciertos formatos de producción académica. Así, mientras busca transparencia y objetividad, también enfrenta desafíos derivados de la diversidad disciplinaria, particularmente en las humanidades, donde los parámetros cuantitativos resultan insuficientes para valorar la riqueza de las aportaciones.
Los apartados del texto abordan la problemática desde diferentes ángulos. El primero destaca el carácter transversal de la normatividad y su influencia en los procesos de evaluación y promoción. El segundo examina las tensiones derivadas de su aplicación en la Facultad de Filosofía y Letras (FFyL) y la falta de puentes en los canales de comunicación entre las comunidades: académica, cuerpos colegiados y administrativas. El tercero analiza cómo la normatividad moldea las aspiraciones académicas, generando incentivos y desincentivos en la labor docente e investigadora y de difusión. Finalmente, el cuarto propone la creación de canales de comunicación entre órganos colegiados, áreas administrativas y comunidad académica, a fin de lograr una aplicación incluyente y equitativa. En conjunto, este texto invita a reflexionar críticamente sobre la normatividad universitaria no como un fin en sí mismo, sino como un medio para fortalecer la misión social y humanística de la FFyL de la UNAM, y así, garantizar la pluralidad y calidad de su vida académica.
En la actualidad, la planta docente de las instituciones de educación superior enfrenta cambios y retos significativos para garantizar su permanencia, estabilidad y superación académica. Una universidad pública, como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), está llamada a mantenerse a la vanguardia en tres funciones sustantivas: la docencia, la investigación y la difusión de la cultura. Estos desafíos son particularmente relevantes en el área de las humanidades, donde resulta indispensable atender tanto las demandas institucionales como las necesidades de desarrollo académico y profesional de los docentes y de las personas que colaboran en las distintas áreas académico-administrativas, como sucede en la Facultad de Filosofía y Letras (FFyL).
Los objetivos institucionales en este terreno buscan garantizar calidad en la atención a todos los docentes, independientemente de sus grados y niveles de participación. Surge entonces preguntarse: ¿cuáles son las limitaciones estructurales y humanas que enfrenta la planta académica? y, si ¿es posible diseñar nuevos modelos de acción que permitan superar viejos esquemas y generar concepciones renovadas en la vida universitaria?
La práctica docente constituye, en este sentido, un reto intelectual de gran envergadura, pero también una responsabilidad social y humana de la mayor trascendencia en la formación de nuevas generaciones. Como señala Díaz Barriga (Díaz Barriga, 2015), la docencia no puede desligarse de la responsabilidad de formar profesionales en un contexto social que demanda soluciones a problemas de interés nacional. Por ello, el fortalecimiento de la vida académica debe concebirse como prioridad en la misión universitaria.
Fortalecer la actualización y promoción para la estabilidad de la planta académica ha sido uno de los ejes conductores en la UNAM, el cual se impulsa mediante diversos programas que buscan apoyar las actividades de docencia, investigación y superación profesional. Durante la última década, se ha incentivado la participación del personal académico en procesos que les permitan su desarrollo y crecimiento, tanto en lo personal como en lo profesional. Asimismo, se ha impulsado la renovación de la planta docente de carrera a través del Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos a la UNAM (SIJA) y su permanencia mediante el Programa de Apoyo a la Permanencia del Personal Académico (PAPPA), sobre todo, este último dirigido a profesores de asignatura, cuyo eje central para ambos programas, lo constituyen los concursos de oposición abiertos y cerrados, regulados por la legislación universitaria. (Carrión, Carmen, 2001)
En este marco, uno de los propósitos de la UNAM ha sido implementar acciones que consoliden a la planta académica mediante procesos de evaluación a través de órganos colegiados como lo promueve el Plan de Desarrollo Institucional (PDI) de la UNAM (Lomelí, 2023-2027) y el PDI de la FFyL (Rodríguez, 2021-2025). Para ello, la Dirección General de Asuntos del Personal Académico (DGAPA) es la instancia responsable de coordinar programas con impacto directo en el personal académico; así como en la enseñanza y en la investigación. Estos programas están dirigidos a profesores de asignatura, de carrera y técnicos académicos no definitivos3, con el fin de que puedan participar en concursos de oposición abiertos. Procesos que se realizan con apego a las normas establecidas en la Legislación Universitaria, cuyo objetivo es fortalecer la estabilidad laboral y académica.
Sin embargo, estos esfuerzos también enfrentan dificultades. Aun cuando la legislación universitaria establece que toda persona aspirante a formar parte de la planta docente debe participar en concursos de oposición, sin excepciones, incluso aquellas egresadas de los programas académicos implementados por la misma institución.
…todas las personas que deseen formar parte de la UNAM, deberán seguir el procedimiento correspondiente al concurso de oposición abierto o para ingreso, incluyendo a los egresados de programas de formación académica, en razón de que no se les puede considerar dentro del supuesto referente a casos excepcionales. (Criterios de Interpretación, 2004, 7.1/572(3/IX/75)).
Aunque este requisito garantiza transparencia, equidad y diligencia, también plantea retos cotidianos para las entidades académicas. Por un lado, éstas deben garantizar que los órganos colegiados desahoguen en tiempo y forma los procesos de concurso; sin embargo, en la cotidianidad se enfrentan a limitaciones, ya que el personal responsable de la logística y organización de dichos procesos no se incrementa, mientras que la planta de profesores —particularmente la de asignatura— ha crecido de manera sostenida en los últimos años. Dinámica que lleva a un retraso en el asunto de los concursos y con ello a la contratación temporal de profesores por horas, quienes en el lapso de un año tienen el derecho y la obligación de participar en un concurso para adquirir estabilidad laboral: “Los profesores interinos de asignatura con antigüedad mayor de un año, deberán presentarse a los concursos de oposición que se convoquen en la materia que impartan. Los que no cumplan con esta obligación o no sean seleccionados, no tendrán derecho a que se les asigne grupo…” (EPA, Art. 48).
En el caso particular de la Facultad de Filosofía y Letras, esta situación se ha agudizado debido al notable crecimiento de la matrícula. El aumento de la demanda estudiantil no siempre ha ido acompañado de una consolidación proporcional en la planta académica, lo cual afecta directamente la estabilidad laboral y las posibilidades de superación profesional de muchos docentes. A ello se suma un factor no menor: el desconocimiento que tienen algunos académicos acerca de sus derechos y obligaciones estipulados en la normativa universitaria. Este vacío se ve agravado por la ausencia de mecanismos internos eficaces que orienten y acompañen a los docentes en dichos procesos. En ocasiones, el desinterés y la apatía por parte de algunos sectores de la planta docente profundizan aún más este problema.
Ante estas circunstancias, se vuelve indispensable fortalecer los procesos de planeación, ejecución y evaluación que permitan consolidar a la planta académica. Ello implica no sólo diseñar programas que estimulen la carrera docente, sino también garantizar que las y los profesores tengan acceso a información clara y oportuna sobre las normativas que rigen su vida académica. El conocimiento y aplicación de esta normatividad resulta fundamental para la consolidación de la comunidad académica de la FFyL, pues regula de manera transversal y cotidiana tanto los derechos como las obligaciones del personal docente.
Así pues, los retos que enfrenta la planta académica universitaria, particularmente en las humanidades, exigen una estrategia integral que articule evaluación, estabilidad laboral y difusión de la normativa. Sólo mediante un esfuerzo conjunto entre autoridades, órganos colegiados y la propia planta docente será posible avanzar hacia nuevos modelos de acción que permitan superar inercias y consolidar una comunidad académica sólida y comprometida ante los desafíos nacionales.
2. La normatividad universitaria como eje de la vida académica en la FFyL de la UNAM
El EPA es el instrumento que norma y preserva la vida académica en la UNAM. Este ordenamiento establece los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico, así como la integración y funciones de los órganos colegiados4 responsables de conducir los concursos de oposición. Además, define las pautas para la valoración de dichos procesos, esenciales para la superación académica institucional. En consecuencia, el EPA debe asumirse como un documento de consulta cotidiana y obligada para todo el personal académico y funcionarios universitarios, especialmente para quienes participan en órganos colegiados encargados de evaluar a la planta docente.
Aunque la Facultad de Filosofía y Letras concentra principalmente la figura de docente y no la de investigador, todo su personal académico está sujeto a procesos de evaluación que abarcan actividades profesionales, de docencia, investigación y difusión de la cultura. De ahí que la normatividad universitaria no sea un recurso periférico, sino un eje que articula la trayectoria laboral y académica de cada integrante de la comunidad mediante concursos de oposición.
…El concurso de oposición para ingreso, o concurso abierto, es el procedimiento público a través del cual se puede llegar a formar parte del personal académico como profesor o investigador […], o como profesor de asignatura. El concurso de oposición para promoción […] es el procedimiento de evaluación mediante el cual los profesores o investigadores […] pueden ser promovidos de categoría o de nivel o adquirir la definitividad. (EPA. Art.66).
El Estatuto establece que corresponde al máximo órgano colegiado de la FFyL determinar los criterios de valoración para los concursos de oposición, pues en su artículo 745 las pruebas enunciadas son muy generales. No obstante, en la práctica, la facultad no dispone de guías que orienten a los órganos colegiados en la valoración cualitativa y cuantitativa de los rubros curriculares, académicos y de difusión. En cuanto a las pruebas que presentan los concursantes, tampoco cuenta con formularios de valoración, por lo que, quedan a criterio de las comisiones dictaminadoras, órganos colegiados constituidos para evaluar los concursos. Sin embargo, la mayoría de sus miembros desconoce el EPA y en general la legislación universitaria.
Aunque los dictámenes de valoración suelen fundamentarse con estricto apego a la normatividad universitaria, con frecuencia surgen controversias al momento de designar a los docentes idóneos. Estas tensiones derivan en gran medida a las ambigüedades del propio EPA, que obliga a complementar su consulta con los Criterios de interpretación de la Abogacía General y con otros documentos normativos.
Este panorama revela un desafío persistente, pues, buena parte del personal académico también desconoce los alcances del EPA y de la normatividad en general, ya sea por falta de tiempo, desinterés o ausencia de mecanismos institucionales de orientación. No obstante, el conocimiento de la normativa resulta imprescindible, ya que forma parte del fortalecimiento académico y profesional. Familiarizarse con estos instrumentos genera puentes en los canales de comunicación entre los distintos sectores de la comunidad. Igualmente, permite atender las ambigüedades en los procesos de evaluación y ofrece un marco más sólido para la toma de decisiones colegiadas.
En este sentido, es menester diseñar instrumentos de apoyo que muestren los parámetros académicos y legislativos para la evaluación docente y de investigación. Estos recursos deben contemplar actividades académicas cotidianas, de difusión y de formación profesional, con el fin de generar diagnósticos más certeros. Tales mecanismos deben contribuir no sólo a la transparencia en los concursos de oposición, sino también a fortalecer las evaluaciones en los distintos programas de superación académica impulsados por la UNAM y la FFyL.
3. Hacia una evaluación cualitativa en la vida académica universitaria
Como se ha señalado en los apartados anteriores, el fortalecimiento de la planta académica en la UNAM y, en particular, en la FFyL, depende en gran medida de los mecanismos de evaluación que regulan los concursos de oposición y los programas de superación académica. Sin embargo, uno de los efectos más visibles en estos procesos es que, con frecuencia, la valoración del profesorado tiende a apoyarse en criterios predominantemente cuantitativos: número de publicaciones, carga horaria frente a grupo, dirección de tesis, participación en congresos o gestión de financiamiento externo. Si bien estos parámetros poseen la ventaja de ser verificables y objetivos, pueden producir una visión limitada del trabajo académico, pues privilegian la productividad medible sobre la calidad, la profundidad y el impacto formativo de las actividades docentes e investigadoras. (Álvarez, Juan Manuel, 1989)
De ahí surge la necesidad de replantear los mecanismos institucionales y dar mayor peso a la evaluación cualitativa, entendida no como un reemplazo, sino como un complemento indispensable para los criterios de valoración de los concursos abiertos y de promoción. Sólo mediante la articulación de ambos enfoques es posible alcanzar un diagnóstico más justo e integral de la labor académica.
Diversos autores coinciden en que evaluar el desempeño docente es una tarea compleja debido al carácter multidimensional del quehacer universitario y a la diversidad de factores que intervienen en las pruebas de valoración. Además, no existen instrumentos universales que permitan medir de manera uniforme dichos factores. Por ello, como propone Colina: “es necesario recurrir a una evaluación cualitativa sustentada en evidencias confiables y realizada de manera sistemática, con la participación de pares especialistas” (2008, p. 103); considerando la asunción de responsabilidades éticas y normativas. Desde esta perspectiva, los datos cualitativos no deben centrarse únicamente en la conducta, sino en las acciones, en las preguntas que se formulan y en los valores que se promueven (Shaw, 2003, pp. 29-32).
La normatividad universitaria, a pesar de sus ambigüedades, se rige por criterios académicos valorativos. En este marco, resulta pertinente la implementación de criterios cualitativos de evaluación fundamentados en el Estatuto del Personal Académico, en los Criterios de Interpretación de la Legislación Universitaria y en los lineamientos de la Abogacía General de la UNAM. Estos documentos son herramientas de primera mano para orientar la labor de las comisiones dictaminadoras, quienes deben conducirse con objetividad e imparcialidad, tal como lo señala el Código de Ética: “Los miembros de la comunidad universitaria que participen en procesos de evaluación académica se comprometen a conducirse con objetividad, honestidad e imparcialidad y a declarar si tienen conflicto de interés, en cuyo caso deben renunciar o abstenerse de participar en un proceso académico o disciplinario…” (Gaceta UNAM, 2015, p. 27).
Shaw (2003, pp. 15-18) observa que los modelos de evaluación, basados en pruebas estandarizadas suelen guiarse por criterios académicos generales. Aunque estas metodologías confían en la medición, la instrumentación y la objetividad, su alcance tiende a ofrecer únicamente índices conductuales de la práctica profesional. Frente a estas limitaciones, la normatividad universitaria enfatiza que la calidad académica de quienes integran la planta docente es prioritaria. Así, el EPA y los criterios de valoración establecidos deben considerarse en los concursos de oposición abiertos y cerrados (Criterios de Interpretación, 7.1/645-9.IV.86); de igual forma con los programas de superación académica. El propósito es seleccionar a los docentes más idóneos y, al mismo tiempo, fortalecer la superación profesional y el desarrollo institucional de la facultad.
En suma, la incorporación de criterios cualitativos en la evaluación académica no sólo contribuiría a equilibrar los procesos de selección y promoción, sino también a consolidar una cultura universitaria más justa, transparente y comprometida con la misión formativa de la UNAM.
4. La normatividad universitaria como eje transversal en la vida académica de la FFyL de la UNAM
A diferencia de otros espacios laborales, la actividad docente, de investigación y de difusión en la UNAM no se organiza únicamente por contratos o acuerdos administrativos, sino a través de un entramado de preceptos y reglamentos que permiten comprender la dinámica académica, así como los derechos y obligaciones de su comunidad. Dichos marcos normativos cumplen una doble función: regulan y ordenan la vida universitaria, al mismo tiempo operan como ejes transversales que inciden directamente en la superación, permanencia y evaluación de la planta académica.
En este contexto, el Estatuto del Personal Académico establece las bases de organización de la labor docente y de investigación. Asimismo, salvaguarda los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia de profesores (asignatura y carrera), investigadores y técnicos académicos. Igualmente señala los derechos del personal respecto a programas de estímulos y de superación. En consecuencia, constituye un documento de consulta obligada para quienes integran la Facultad de Filosofía y Letras, donde la diversidad disciplinaria exige comprender los alcances y limitaciones que plantea este marco normativo.
No obstante, el EPA tiene un carácter dual. Por un lado, ofrece certidumbre laboral y garantiza derechos; por otro, introduce mecanismos de evaluación, jerarquización y control que determinan en buena medida la trayectoria profesional de cada docente. El acceso a programas como el PRIDE o el PASPA depende del cumplimiento de requisitos específicos establecidos en convocatorias que remiten directamente al EPA y a la legislación universitaria. De esta manera, la normatividad no sólo regula, también orienta y moldea las prácticas académicas, incentivando actividades como la publicación de artículos en revistas indexadas, la dirección de tesis o la participación en proyectos con financiamiento externo, mientras deja en un segundo plano otras tareas igualmente valiosas, como la elaboración de materiales didácticos, reportes técnicos, la traducción, la innovación pedagógica o la divulgación hacia públicos amplios.
En consecuencia, puede aseverarse, que la normatividad opera como un filtro institucional que define lo que debe valorarse o no como trabajo académico. Aunque este sistema busca garantizar transparencia y objetividad, también genera tensiones, sobre todo en las humanidades, donde los productos de investigación no siempre se ajustan a los parámetros cuantificables que privilegia el modelo normativo. Este sesgo puede provocar inequidades en las evaluaciones, sobre todo en lasdinámicas de publicación, lo que evidencia la necesidad de transitar hacia modelos más sensibles a la diversidad disciplinaria.
Otro aspecto central es el modo en que la normatividad regula la permanencia y promoción académica. El ascenso de una categoría a otra —por ejemplo, de profesor asociado a titular— está sujeto tanto a la antigüedad como a la comprobación documental de la productividad académica; estipulado en el artículo 42 del EPA:
Para ingresar a la categoría de profesor o investigador titular nivel A, se requiere:
a) Tener título de doctor o los conocimientos y la experiencia equivalentes;
b) Haber trabajado cuando menos cuatro años en labores docentes o de investigación, incluyendo publicaciones originales en la materia o área de su especialidad, y
c) Haber demostrado capacidad para formar personal especializado en su disciplina.
Este esquema busca asegurar que los ascensos se otorguen con base en méritos verificables; sin embargo, en la práctica genera procesos burocráticos complejos que no siempre reconocen la pluralidad de aportaciones académicas, en especial dentro de disciplinas humanísticas cuya producción puede no traducirse en indicadores cuantitativos inmediatos.
La normatividad también impacta de manera diferenciada a profesores de carrera y de asignatura. Estos últimos, aunque constituyen un pilar en la docencia, suelen encontrarse en los márgenes de la regulación universitaria. Sus contratos temporales y el acceso limitado a programas de estímulo los colocan en condiciones de vulnerabilidad laboral. Si bien el EPA reconoce su existencia, no siempre les ofrece oportunidades equitativas de superación o promoción, lo cual plantea la urgencia de revisar los marcos normativos desde una perspectiva más incluyente y justa.
Conviene subrayar que la normatividad universitaria no es estática. Se encuentra en constante revisión y reinterpretación a través del Consejo Universitario y la Oficina de la Abogacía General, que no sólo aplican las normas, sino que también las adaptan a las transformaciones de la vida académica. Así, el impacto de la normatividad depende tanto de su redacción como de su aplicación cotidiana. En la práctica, la forma en que los órganos colegiados interpretan las disposiciones puede abrir posibilidades o imponer restricciones, evidenciando que dicha normatividad es también un espacio de disputa y negociación.
En este marco, la transversalidad de la normatividad implica que todo programa de estímulo y procesos de permanencia o promoción se encuentran atravesados por disposiciones reglamentarias. Pensar la vida universitaria sin considerar este entramado normativo equivaldría a una visión fragmentaria. Así pues, la normatividad no debe asumirse únicamente como un conjunto de restricciones, sino que, en la medida que se conciba como un instrumento de equidad y transparencia, puede contribuir a reducir desigualdades internas, reconocer aportaciones diversas y garantizar evaluaciones más equilibradas entre lo cuantitativo y lo cualitativo.
En este sentido, el EPA y la legislación universitaria son la base primordial para dirimir cualquier evento relativo a la valoración académica, desde los concursos de oposición —abiertos o cerrados— hasta los programas de superación y apoyo académico. Al mismo tiempo, permiten visibilizar la importancia de sectores que durante mucho tiempo permanecieron en segundo plano, como los técnicos académicos, cuya labor resulta hoy fundamental para la investigación, la docencia, la difusión y la gestión.
Para que la normatividad cumpla cabalmente con su propósito, es necesario diseñar e implementar nuevos modelos de acción que fortalezcan la comunicación entre áreas académico-administrativas, órganos colegiados y planta docente. Generar canales de diálogo directo en la FFyL es una condición indispensable para que el profesorado conozca con claridad sus derechos y obligaciones estipulados en el EPA. Al mismo tiempo, estos canales deben servir para promover la apropiación crítica de la normatividad y para garantizar que su aplicación responda a la compleja realidad de las humanidades y de las distintas áreas del conocimiento.
En suma, la normatividad universitaria constituye un eje transversal de la vida académica en la FFyL de la UNAM. Más que un mecanismo de control puede y debe asumirse como un motor de equidad, de fortalecimiento profesional y de legitimidad institucional. Para ello, resulta indispensable avanzar hacia esquemas de evaluación que integren criterios cuantitativos y cualitativos, se reconozca la diversidad disciplinaria y se promuevan condiciones de estabilidad y superación para toda la planta docente.
5. Conclusión
En resumen, la normatividad universitaria, con el Estatuto del Personal Académico como núcleo, constituye mucho más que un conjunto de reglas administrativas: es el entramado que articula la vida académica en la UNAM y le otorga sentido en sus múltiples dimensiones. En ella convergen los derechos, obligaciones, estímulos y mecanismos de evaluación que orientan la labor de la planta académica, moldeando su trayectoria profesional y delimitando los alcances de la docencia, la investigación y la difusión cultural.
El análisis de los cuatro ejes permite reconocer que esta normatividad opera como marco transversal, pues no hay programa, convocatoria ni proceso de promoción que quede al margen de ella. Sin embargo, su función reguladora adquiere matices diversos según las disciplinas y los sectores académicos. Para los profesores de carrera, constituye un referente constante en su permanencia y ascenso; para los de asignatura y los técnicos académicos, en cambio, revela algunos vacíos y limitaciones que los colocan en condiciones de vulnerabilidad y que exigen políticas más incluyentes.
Asimismo, la normatividad evidencia la necesidad de avanzar hacia modelos de evaluación cualitativa que reconozcan la diversidad de aportaciones; en particular, en las humanidades y las ciencias sociales, donde se requiere valorar prácticas como la traducción, la creación de materiales didácticos, la divulgación, reportes técnicos y la asesoría estudiantil como acompañamiento académico. La equidad y el reconocimiento integral del trabajo docente e investigador deben ser principios rectores en los procesos de dictaminación y evaluación.
Es así como, el fortalecimiento de la normatividad no puede limitarse a su letra, sino que debe acompañarse de canales efectivos de comunicación entre órganos colegiados, áreas administrativas y comunidad académica. Solo mediante este diálogo abierto será posible garantizar que la normatividad cumpla su función de manera dinámica, sensible a los cambios del contexto y atenta a las necesidades reales del profesorado. La normatividad universitaria debe concebirse no como un mecanismo rígido de control, sino como un instrumento que, bien orientado, puede consolidar la misión académica y social de la comunidad de la FFyL de la UNAM, fortalecer la pluralidad académica y convertirse en motor de equidad, excelencia y compromiso institucional.
Referencias
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